lunes, 13 de octubre de 2014

Preguntas y respuestas del equipo de gobierno

Este "triste" artículo del Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de Cádiz es el que regula la forma de proceder ante la formulación de preguntas en el pleno. 
"Artículo 71. Después de despacharse los asuntos comprendidos en el Orden del Día, los Grupos a través de sus Portavoces podrán formular en las sesiones ordinarias, preguntas a los órganos de gobierno. Estás preguntas deberán presentarse por escrito a la Alcaldía, al menos dos días hábiles antes de la sesión. Aquellas preguntas que solo requieran aportación de datos o puedan ser respondidas en Comisiones Informativas no se admitirán a trámite en el Pleno".
Igualmente, el Reglamento de funcionamiento de Entidades Locales establece que cuando se presenten preguntas por escrito, podrá el gobierno municipal responderlas por escrito en la sesión plenaria siguiente.

Por eso, no me extraña nada que el gobierno municipal responda a las preguntas en sesiones posteriores a aquellas en las que formulan. Una práctica tan antigua como quien dirige el Pleno. Hace años cuando planteábamos, de verdad, batería de preguntas, con sesenta y setenta por pleno, incluso llegaron a vetarnos algunas, bajo la premisa de que tratándose de petición de datos serían respondidas en las comisiones. Así que sólo me queda decir, que para poner en valor tu "trabajo", no debes denostar el que hicieron tus antecesores, porque la hemeroteca es amplia y extensa. Gracias sobretodo a quienes durante años se tomaron muy en serio su deber como concejales y concejalas compatibilizándolo con el ejercicio de su profesión. Claro está, que esto no podrá ser entendido por quien no la tiene.


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